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title: "Extienden la prohibición de despidos y suspensiones"
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description: "El Gobierno nacional prorrogó hasta finales de enero del año que viene la prohibición de despidos y suspensiones en el marco de la emergencia provocada por la pandemia de coronavirus."
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date_published: "2020-11-16T15:30:00-03:00"
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  - "Argentina"
  - "Trabajo"
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# Extienden la prohibición de despidos y suspensiones

![Industria](/download/multimedia.normal.8c1ce4166719537c.496e647573747269615f6e6f726d616c2e4a5047.webp)

Mediante el Decreto 891/2020, publicado este lunes en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández y todo su gabinete, **se extendió al 29 de enero de 2021 la prohibición de despidos y suspensiones**, aunque **no incluye a los empleados del sector público nacional**.

El texto del Boletín Oficial indica que

> la pandemia de Covid-19 ha producido una merma considerable en la actividad económica a nivel mundial de la que nuestro país no se encuentra exento, por lo cual se entiende necesario y conveniente - más allá de las particularidades de cada región-, prorrogar la normativa existente respecto de la prohibición de despidos.

Además, se establece “la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo” también **desde el 30 de noviembre hasta el 29 de enero de 2021**.

Según el decreto

> los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el artículo 2° y en el primer párrafo del artículo 3º del presente decreto no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.

Esta decisión del Gobierno**incluye a todos los trabajadores, a excepción de aquellos que sean contratados con posterioridad a la publicación del texto en el Boletín Oficial.** El objetivo de esta medida es asegurar "a los trabajadores y a las trabajadoras que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo".

Asimismo, se aclara que estas medidas se decretan con "el objetivo de preservar la paz social" y las mismas son "transitorias, proporcionadas y razonables, con el fin de garantizar el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante su trabajo, que le asegure condiciones de existencia dignas para ella y para sus familias".

Texto fuente: Página 12

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