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title: "Santa Fe: Promulgación de la ley que prohíbe designación de familiares en el Sector Público."
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description: "Se promulgó la ley N°14397 que fue impulsada por un sector del oficialismo y que consiguió respaldo en el Senado en las Extraordinarias."
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date_published: "2025-03-20T10:30:00-03:00"
date_modified: "2025-03-21T10:09:17-03:00"
tags:
  - "Ley"
  - "Santa Fe"
category_name: "Santa Fe"
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category_description: "Noticias de la ciudad de Santa Fe y sus alrededores"
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# Santa Fe: Promulgación de la ley que prohíbe designación de familiares en el Sector Público.

![Gobierno de Santa FE](/download/multimedia.normal.abb3c1d2467e1b8d.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Se promulgó en menos de un mes.*

A menos de un mes de su aprobación, el gobierno de Santa Fe promulgó la ley que prohíbe la designación preferencial a integrantes del grupo familiar primario en el sector público.

La normativa fue publicada como decreto (0481/2025), que lleva la firma del gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Gobierno e Innovación Pública, Fabián Bastia.

> “Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar”, dice de forma clara y precisa el decreto.

Qué dice la norma

Al repasar el articulado de la ley aprobada se puede conocer en detalle a dónde apunta la medida, que fue impulsada por la diputada provincial del PRO, Ximena Sola.

> “Prohíbase en todos los órganos y entes que integran el Sector Público Provincial no financiero, de acuerdo a las previsiones del artículo 4º de la Ley N° 12.510 y sus modificatorias, la designación preferencial en cargos y empleos a integrantes del grupo familiar primario de los trabajadores que hayan fallecido o que se acojan al beneficio de la jubilación”, dice el artículo 1°.

Asimismo, en el segundo artículo se avanza:

> “Prohíbase la homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de todo convenio en que intervengan las entidades detalladas en el artículo 1º de la presente, hasta que sus estatutos o normas internas se adecúen a lo establecido en el artículo 2”.

Y por último, la norma aprobada a fines de febrero y promulgada este jueves, invita a Municipios y Comunas de la provincia a adherirse a lo anteriormente explicado en el Art. 1 o “*a dictar disposiciones similares en sus respectivos ámbitos*”, según consta.

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