Impuesto a las ganancias: Se confirmó cuánto pagará cada trabajador según su sueldo

El impuesto no se cobrará con retroactividad sino que comenzará con los haberes de julio. ¿Cuánto paga un casado y cuanto paga un soltero?

Sociedad25 de julio de 2024
Ganancias
El impuesto no se cobrará con retroactividad.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó las modificaciones en el Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia.

La norma prevé que los cambios se aplican desde los haberes devengados y percibidos de julio en adelante, es decir, que los salarios hasta junio no van a ser afectados de manera retroactiva.

Con las modificaciones en el Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia estableció desde cuánto pagarán solteros y casados y qué pasará con los sueldos percibidos en julio.

Se paga sin retroactividad

La norma fue diagramada para que la modificación del Impuesto a las Ganancias no afecte a los salarios que ya habían percibido los trabajadores antes de que la ley cambiara, inclusive si lo cobraron después.

Es decir, a los trabajadores que obtuvieron su remuneración hasta el 30 de junio, aunque la perciban en julio, se les aplicará la norma anterior. En cambio, los haberes que se devenguen desde el 1 de julio en adelante, quedarán sujetos a la nueva Resolución General.

¿A partir de qué sueldo se paga ganancias y cuanto descuentan del sueldo?

Se establecieron los pisos para el caso de solteros y casados, de acuerdo a la norma votada en el Congreso.

Para el caso de los solteros, el piso será de $ 1,8 millones para solteros (unos $ 1.5 millón netos).

En cambio, para las personas con dos hijos el piso será de $ 2,2 millones (1,95 millón netos).

Según la norma aprobada en el Congreso, el tributo arranca en casi $ 3.000 mensuales hasta unos $ 60.000 mensuales para los que hasta hoy estaban exentos.

Quienes ganan más de $ 2.500.000 brutos tributarán más de $ 100.000 mensuales.

Se estima que entre 800 mil y un millón de trabajadores que antes no pagaban el tributo ahora deberán hacerlo, con los cambios aprobados en el Congreso.

Datos más precisos sobre los importes

- Los trabajadores que cobren 1,8 millón de pesos brutos en el caso de los solteros (1,5 millón de pesos netos) comenzarán a pagar una alícuota del 5% sobre el excedente que representa 3.000 pesos y que se eleva a 100.000 pesos en el caso de aquellos que cobran 2,5 millones de pesos brutos. La alícuota del 35% la pagarán aquellos que perciban salarios brutos de 4,9 millones de pesos.

- En el caso de los casados pagarán el tributo los que ganen mas de 2,2 millones de pesos brutos (1,9 millones de pesos) con alícuotas progresivas que van desde el 5% por ciento hasta llegar al 35% en el caso de los cobren 5,5 millones de pesos.

- La actualización del mínimo no imponible se hará este año en septiembre y a partir del 2025 en enero y julio de cada año, y se calculará en base al índice de precios al consumidor (inflación) que difunda el Indec.

- En ese sentido, el decreto fija que "el artículo 74 de la Ley N° 27.743 instituye un ajuste excepcional en el mes de septiembre del corriente año por el coeficiente que surja de la variación del índice señalado en el considerando precedente, correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024, inclusive".

- En el caso de la actualización que se aplicará en enero del 2025 se realizará tomando en consideración el coeficiente que surja de la variación del indicado índice, correspondiente a los meses de septiembre a diciembre de 2024, inclusive.

Te puede interesar
Lo más visto

Recibe las noticias más importantes en tu email