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Desde la Cámara Alta Provincial se busca destinar parte de la coparticipación para paliar la situación del campo
Argentina 30 de mayo de 2016El Bloque Justicialista de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, a instancias de los Senadores Alcides Calvo (Dpto. Castellanos), Danilo Capitani (San Jerónimo) y Rubén Pirola (Dpto. las Colonias), viene trabajando en la preparación de un Proyecto de Ley que propicia la creación de un Programa de Asistencia Financiera a los Productores Lecheros y/o Ganaderos declarados en situación de emergencia o desastre agropecuario, en el marco del Decreto del P.E. Provincial N° 0807, de fecha 19 de abril de 2.016, para recomposición productiva post-emergencia hídrica.
Dada la crítica situación de los sectores productivos, generadas como consecuencia de las abundantes y persistentes precipitaciones registradas en los últimos meses, desde la Cámara Alta Provincial se persigue articular medidas que puedan ayudar a la recomposición de los mismos y que no dejen la actividad más productores.
El programa tendría vigencia por un año y se conformaría, entre otros recursos, con la afectación del veinte por ciento (20%) de los mayores recursos que efectivamente se perciban por encima de lo presupuestado, en el ejercicio económico 2.016, en razón de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de fecha 24 de noviembre de 2.015, por los cuales se declara la inconstitucionalidad del Art. 76 de la ley 26.078 -en lo atinente a la detracción del 15% de la masa de impuestos coparticipables- y la inconstitucionalidad del art. 1 inc. a) y art. 4 del Dec. Nacional N° 1.399/2.001, netos de la coparticipación que le corresponden a los Municipios y Comunas, lo que rondaría los $ 1.100 millones, Asimismo contempla otros recursos que el Poder Ejecutivo Provincial asigne presupuestariamente y otros provenientes del Gobierno Nacional para tales fines, atendiendo a la gravedad de la situación.
La asistencia a los productores tendrá el carácter de reintegrable y se canalizaría a través de las Asociaciones para el Desarrollo Regional, Agencias u otras entidades similares de todo el territorio provincial. El Ministerio de la Producción, como autoridad de aplicación, fijará las condiciones generales de la asistencia, previendo en ellas la aplicación de una tasa que no podrá superar el promedio mensual ponderado de tasas pasivas, del Banco de la Nación Argentina, y un período de gracia de doce (12) meses a partir de cada desembolso para comenzar con la amortización.
La asistencia deberá ser utilizada por los productores para adquisición de capital de trabajo (Alimentos, forrajes, semillas para siembra y otros insumos necesarios), equipamientos e implementos que surjan de listados aprobados por la autoridad de aplicación, necesarios para la continuación de su actividad productiva
El recupero de los aportes realizados ingresará a las Asociaciones para el Desarrollo Regional, Agencias u otras entidades similares constituyendo un Fondo rotatorio administrado por éstas y con fines de potenciar la actividad productiva de cada región. Dichos Fondos también podrán ser destinados para iguales fines que los que motiva el proyecto, o en su caso para el diseño de políticas o estrategias de ayudas para emergencias similares que se produzcan en el futuro, conforme lo establezca la autoridad de aplicación y su reglamentación.
A los efectos de la implementación del Programa la autoridad de aplicación realizará los Convenios correspondientes con las Asociaciones para el Desarrollo Regional, Agencias u otras Entidades similares.
La iniciativa, a ser presentada en breve en la Cámara Alta Provincial, reiteramos, se fundamenta en la crítica situación por la que atraviesa el sector lechero y ganadero como consecuencia de las abundantes y persistentes precipitaciones registradas en los últimos meses, buscando brindar un paliativo que ayude a la recomposición del sector.
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