
Combustibles vuelven a aumentar a partir de junio



A partir del próximo sábado primero de junio vuelven a aumentar los precios de los combustibles por una actualización de entre 1% y 1,5% de los impuestos a la nafta y el gasoil habilitado por el Decreto 466 firmado por Javier Milei, el saliente Nicolás Posse y Luis Caputo.
Con esta medida, se decidió sostener virtualmente el congelamiento de precios en los surtidores, aunque el aumento total en los surtidores se ubicaría entre 1% y 3%.
Según el decreto, el aumento de combustibles a partir del 1 de junio será de $10,74 por cada litro de nafta y de $9,18 para el gasoil, sin zonas diferenciales.
De este modo, la nafta súper de YPF en Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) pasará de los actuales $870 a unos $880,74 (suba del 1,23%), mientras que la nafta premium avanzará de $1.074 a $1.084,74, un 1% más.
Por su parte, el gasoil común grado 2 pasará de costar $918 a un valor de $928,18, un 1% adicional. Por último, el gasoil premium grado 3 avanzará de $1.167 a $1.176,18, un 0,80% extra.
Por qué aumentan los combustibles
En junio se vencía la prórroga del Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC) correspondiente al último trimestre del 2023 y el Poder Ejecutivo tenía que decidir tenía que decidir si continuaba con el congelamiento dispuesto a fines de abril o si volvía a actualizarlo de acuerdo a la inflación pasada acumulada.
La decisión fue descongelar, pero aplicar un porcentaje muchísimo inferior a la inflación acumulada en los últimos tres meses del año pasado, cuando el alza de precios fue de 8,3% en octubre,12,8% en noviembre y 25,5% en diciembre, según el INDEC.
Ese trimestre acumuló 46,6%. En ese caso el aumento de impuestos a la nafta debería haber sido de $70 por litro y de $45,50 para el gasoil.
El Decreto 466/2024 publicado en el Boletín Oficial argumentó que esta medida de alivio tiene el fin de estimular el crecimiento de la economía, garantizando un sendero fiscal sostenible, sin embargo libera a partir de julio próximo a trasladar el total de la inflación correspondiente a los primeros tres meses del 2024.
“Resulta razonable diferir parcialmente los efectos de los incrementos que resultarían aplicables a partir del 1° de junio de 2024”, justifica la normativa.
Y luego agregó: "Para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de julio de 2024, inclusive, deberá considerarse el incremento total en los montos de impuesto".
Fuente: Ámbito



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