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Las prepagas podrán realizar aumentos según el plan y la región, pero tendrán que detallar los costos a sus afiliados según una resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Sociedad04 de septiembre de 2024El Gobierno ha implementado nuevas disposiciones que permiten a las empresas de medicina prepaga aplicar aumentos diferenciales en las cuotas, dependiendo tanto de las condiciones del plan contratado (con o sin copagos) como de la región en la que se preste el servicio.
Esta medida se formalizó a través de la Resolución 2155/2024, publicada en el Boletín Oficial, y establece que los ajustes en los valores de las cuotas deben definirse y comunicarse en un plazo no mayor a cinco días posteriores a la publicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) mensual.
La nueva normativa establece que los incrementos en las cuotas de los planes de cobertura ofrecidos por las prepagas podrán variar conforme a las características específicas del plan y la zona geográfica en la que se brinde la atención médica.
Esta medida busca una aplicación más justa de los aumentos, teniendo en cuenta las diferencias regionales y las particularidades de cada tipo de plan.
Las empresas deberán informar a la Superintendencia de Servicios de Salud sobre estos aumentos, especificando los criterios utilizados para cada región y detallando la existencia de copagos, si los hubiera.
Uno de los aspectos centrales de la resolución es la obligatoriedad de comunicar los ajustes en las cuotas dentro de los cinco días posteriores a la publicación del IPC.
Esta comunicación debe ser clara, detallada y destacada, especificando tanto el porcentaje de aumento como el nuevo valor de la cuota mensual.
Según el texto oficial, este enfoque transparente mejora la comprensión por parte de los usuarios y asegura que los ajustes estén alineados con los indicadores económicos más recientes, manteniendo un equilibrio entre la sostenibilidad financiera de las prepagas y la capacidad de pago de los usuarios.
Además, la normativa exige que las empresas desglosen de manera detallada los conceptos incluidos en las cuotas facturadas mensualmente.
Este desglose deberá cumplir con requisitos mínimos, como incluir el costo base del plan, costos adicionales por coberturas específicas, ajustes por edad o factores de riesgo, aportes y cotizaciones recibidos, y los impuestos aplicables.
La presentación de esta información debe ser clara y comprensible, utilizando un lenguaje sencillo y evitando tecnicismos.
Asimismo, cualquier cambio en los conceptos facturados deberá ser notificado al afiliado con al menos 30 días de anticipación, explicando las razones detrás de la modificación.
La resolución busca también fomentar una competencia más informada y eficiente en el mercado de la medicina prepaga. Al ofrecer un desglose detallado de los costos, los usuarios podrán comparar de manera más efectiva las opciones disponibles, facilitando la elección de planes que mejor se ajusten a sus necesidades y presupuesto.
Este enfoque también contribuye a un mercado más ordenado y transparente, estableciendo estándares mínimos de información que las prepagas deben proporcionar a sus afiliados.
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