¿Se pueden firmar contratos de alquiler con la nueva “firma digital”?

La implementación de esta tecnología busca reducir tiempos y mejorar la seguridad en los contratos de alquiler y compra venta. El sector ve con buenos ojos la mejora

Sociedad22 de agosto de 2024
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Sólo resta analizar la participación de los escribanos en los trámites de compra-venta.

La reciente promulgación del Decreto 743/24, que permite la firma digital de documentos de manera totalmente remota, marcará un antes y un después en el sector inmobiliario argentino.

Este cambio facilita la firma digital de contratos de locación, reservas y aceptaciones, entre otros documentos, directamente sin necesidad de dispositivos físicos adicionales, como los tokens (utilizados para generar contraseñas de un solo uso (OTP, o One-Time Password) y claves criptográficas, proporcionando un nivel adicional de seguridad en la autenticación de usuarios para acceder a sistemas y servicios en línea.

La medida establece que, de ahora en más, la verificación de identidad puede realizarse de manera virtual, sin necesidad de realizar ningún trámite presencial.

Daniel Bryn, de Zipcode y responsable de Monitor Inmobiliario, precisó que esta tecnología impulsará la eficiencia en las transacciones inmobiliarias.

“La firma digital traerá mayor seguridad en los contratos. Este avance posibilitará a los usuarios obtener su firma digital con validación biométrica utilizando únicamente su computadora o celular, agilizando así los procedimientos y eliminando demoras innecesarias por traslados o coordinaciones presenciales”, destacó.

La posibilidad de firmar documentos digitalmente en una compra-venta, que suele demorar entre 30 y 60 días, podría ganar hasta dos semanas de tiempo. Esta herramienta no sólo aporta comodidad sino que también eleva la seguridad contractual y reduce las posibilidades de fraude.

Otra ventaja crucial es que la tramitación remota con firma digital facilita las operaciones en las diversas provincias del país, e incluso con personas que se hallan en el extranjero.

Bryn amplió: “Culturalmente no estamos acostumbrados y sorprende a los clientes que suele ser un trámite de 5 minutos”.

Desde el sector inmobiliario confirmaron la legalidad de este tipo de firmas. Ante los ojos de la ley, esta firma es totalmente vinculante y además ya se emplea en 188 países. Además, la tecnología empleada cumple con la normativa, así como con los estándares internacionales de seguridad.

Ezequiel Wierzba, CEO de Click Aparts, afirmó: “Quienes trabajamos en el mercado inmobiliario vamos a tener que adaptarnos a este cambio digital, que claramente llegó para quedarse. Esto garantiza que las operaciones realizadas con firma electrónica sean seguras y reconocidas legalmente en múltiples jurisdicciones”.

Transformación

La expectativa es que esta nueva legislación no solo beneficie a propietarios e inquilinos, sino que también abra oportunidades para el sector privado.

Bryn ve este avance como un catalizador para modernizar el entorno de negocios en Argentina. “Podrían surgir empresas que ofrezcan fianzas o cauciones para sus clientes, así como la gestión de créditos en bancos de manera digital. Simplificando el proceso para los usuarios finales”, dijo.

La inclusión de la firma digital refuerza la seguridad contractual y la protección del derecho de propiedad, asegurando la legitimidad y el consentimiento de las partes involucradas.

Quien ofrezca este diferencial como un trámite gratuito e intuitivo, con el simple uso de un celular, hará la diferencia”, comentó.

Validez

Una pregunta recurrente en torno a la implementación de esta tecnología es su validez en transacciones de compra-venta, donde usualmente es necesaria la intervención de un escribano.

Aunque la firma digital tiene validez legal, Bryn explicó que “las normativas actuales requieren que un escribano verifique y valide el acto, garantizando que todos los procedimientos legales se cumplan adecuadamente”.

Se espera que organismos colegiados de escribanos emitan nuevas instrucciones para clarificar estos procedimientos.

Wierzba acotó: “El sector privado podrá desarrollar soluciones personalizadas que simplifiquen el proceso de firma digital, creando nuevos modelos de negocio basados en la accesibilidad”.

Baja de costos

Esta modalidad también ayuda a reducir costos operativos y administrativos, eliminando la necesidad de trasladar documentos físicos y reduciendo el tiempo en reuniones presenciales.

Por otro lado, aunque la firma digital agiliza el proceso, sigue siendo necesaria la validación de un escribano o abogado notarial en operaciones de compra-venta.

Debe certificar que ambas partes están de acuerdo y que la transacción se realiza dentro de un marco legal.

Sigue siendo necesaria la intervención de un escribano, lo cual implica gastos de honorarios. Estos, sumados a las comisiones inmobiliarias y los costos de escritura, a veces representan entre un 5% y un 10% del valor total de la operación.

Aunque la digitalización acelera procesos, desde el Colegio de Escribanos porteño y de la Provincia de Buenos Aires aclararon que el trámite de escritura no es el mayor escollo en cuanto a tiempos.

En un proceso de crédito hipotecario y escritura, el trámite de escritura demora hasta dos semanas, mientras que el resto del tiempo se dedica a calificación de crédito, tasación y trámites registrales.

Para alquileres, donde no siempre se requiere la intervención de un escribano, la firma digital simplifica el proceso y puede generar ahorros de tiempo importantes”, concluyó Wierzba.


Fuente: Infobae

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